Nuestra empresa, tiene el siguiente régimen para la adquisición de los derechos para comenzar a utilizar nuestros servicios:
Si al momento de solicitar la afiliación el o los aspirantes a socios, no están internados y no tienen ninguna internación prevista o cirugía coordinada para los próximos 90 días, contando a partir de la firma del contrato (lo que deberá respaldar mediante la firma de una declaración jurada), al momento de solicitar la afiliación, los derechos totales se otorgarán a los 30 días de haber abonado la primer cuota.
Si le ocurre un accidente o una situación de imprevisto verificable como ser una operación de urgencia sin que la persona estuviera siendo estudiada, se le brinda el servicio en forma inmediata.
Si lo que tiene es una patología pre-existente crónica o aguda, la misma no tiene cobertura por lo que está contratando.
Si al momento de la afiliación el o los aspirantes a socios, están internados y/o tienen internación o cirugía prevista, no podrán utilizar nuestros servicios hasta cumplidos los 90 días de la firma del contrato.
Una vez cumplidos los 90 días, estarán adquiriendo los derechos totales para la utilización de nuestros servicios.
Las mismas condiciones aplican para las ampliaciones de cobertura o la adquisición de nuevos servicios.
En ningún caso nuestra empresa otorga o maneja derechos progresivos con el transcurso del tiempo a partir de la firma del contrato de afiliación.